Subasta judicial on-line 010 del Juzgado de Primera Instancia Once de Murcia

viernes, diciembre 01, 2006

Desarrollo EN VIVO de la subasta judicial 010



SUBASTA SUSPENDIDA POR REHABILITACION DEL PRESTAMO

Esta página les ofrece en vivo el desarrollo de la subasta 010, que se iniciará el día 8 de febrero de 2.007, a las diez horas.

En una primera fase presencial, los postores que han decidido comparecer en el juzgado realizarán sus pujas según los tramos de pujas numerados fijados por el secretario judicial.

El secretario judicial irá insertando como comentarios de esta entrada las pujas y las manifestaciones que realicen los postores presentes en el acto. Pinche aquí para verlo.

Una vez finalizada esa fase presencial, bien porque ya se haya obtenido un mejor postor, bien porque no haya comparecido nadie, se declarará abierta la subasta para los postores no presenciales, iniciándose así la fase no presencial de la subasta. Hasta las 13,30 horas puede acreditarse como postor no presencial. Por eso, si considera que el precio obtenido en la fase presencial puede mejorarlo, puede solicitar intervenir en la subasta hasta esa hora remitiendo un mensaje firmado digitalmente e ingresando en la cuenta del juzgado la cantidad mínima exigida para participar, conforme consta en las condiciones particulares de la subasta.

Durante el desarrollo de esta segunda fase, que también se reflejará aquí, los postores no presenciales pueden mejorar a través de internet las pujas ofrecida por el mejor postor presencial, también según los tramos de pujas numerados. Para ello pueden utilizar esta ventana.

Serán los propios postores no presenciales acreditados los que irán insertando como comentarios sus pujas y manifestaciones conforme a las instrucciones dadas por el secretario judicial, que será quien declare cual es el mayor precio ofrecido, extendiendo al acta definitiva de la subasta.

No olvide pinchar el botón "Actualizar" de su navegador para poder ver las pujas y comentarios más recientes que puedan insertarse, que figurarán siempre en la parte inferior de la ventana.

1 Comments:

  • En la mañana de hoy, la demandada ha consignado en la cuenta del juzgado la cantidad correspondiente a los recibos e intereses del préstamo hipotecario debidos a fecha de la demanda.

    Al ser la vivienda hipotecada su vivienda familiar, la Ley permite a los demandados que por una sola vez pueda pagar los recibos e intereses vencidos para poner al día el préstamo.

    Así se deja sin efecto el vencimiento anticipado de todo el préstamo y puede continuar pagándose regularmente.

    Más información en http://secretariojudicial-banon.info/folletos/15%20infoejehipo.htm

    By Blogger Juan Luis, at 25 ene 2007, 23:16:00  

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